Estoy seguro que la palabra grooming te suena, si tienes menores de edad cerca, y es que con el avance de las nuevas tecnologías este tipo de delitos ha crecido de forma exponencial.

En el post de hoy vamos a hablar acerca de esta figura en concreto, relacionándola con otros delitos relacionados.

 

¿Qué es el grooming?

 

Se trata de una forma de acoso llevada a cabo por un adulto hacia niños o adolescentes.

Lo particular de esta forma de acoso es que se lleva a cabo a través de los medios tecnológicos.

Vamos a analizar los componentes de este delito basándonos en lo establecido en el artículo 183 ter CP que lo regula.

183.1 ter CP: «El que a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 183 y 189, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se

 impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño«.

Si nos fijamos está en negrita la frase «actos materiales encaminados al acercamiento», esta frase es la que más quebraderos de cabeza produce.grooming

La jurisprudencia ha considerado que son actos como, la vigilancia en el colegio para la identificación del menor o la reserva de una habitación de hotel.

Podemos apreciar por tanto que lo que castiga este delito son los actos preparatorios, para llevar a cabo conductas más graves si caben.

Por tanto, lo que se pretende con este delito es cometer un abuso o agresión sexual sobre el menor, pero por circunstancias (atenció

n de los padres, aviso del menor, etc.) no llega a producirse.

En este interesante artículo de «Save the Children» se habla más sobre la prevención y las fases del delito.

¿Qué diferencia existe entre el grooming y el sexting?

 

En ocasiones se confunden estas dos figuras, ya que las dos se producen mediante medios tecnológicos y se producen contra menores.

La diferencia es que como hemos dicho el grooming es un acto preparatorio cuyo objetivo es el encuentro con el menor.

Mientras que el sexting es un delito con el que pretenden que menores manden o enseñen material pornográfico (videos o fotos) del propio menor o de otros menores, no siendo necesario que efectivamente se envíen.

Si finalmente el menor envía o facilita ese material, ya no estaríamos ante el delito de sexting del 183. ter CP, sino que quedaría absorbido por el delito del artículo 189 CP.

Este delito de sexting se castiga con la pena de prisión de 6 meses a 2 años. Como podemos ver inferior a la del grooming.

 

¿Qué ocurre con los delitos relacionados?

 

Centrándonos de nuevo en el «Grooming», al tratarse de un acto preparatorio puede ocurrir que se acaben produciendo los actos que se pretendían.

En ese caso, se produciría un concurso de delitos (en la modalidad real), castigando este delito de «Grooming» con los del 183 CP.

grooming

 

Por tanto, se sumaría lo establecido en el cuadro por cada tipo de delito a lo que corresponde por el propio delito de «Grooming».

 

¡Importante!

 

Para la correcta persecución del delito es importe que se conserven de forma correcta las pruebas materiales del delito.

En ocasiones debido a la vergüenza, a la frustración o para proteger a los menores, se procede a la destrucción de estas pruebas que son fundamentales.

Por ello, lo primero será informar a la policía, ya que disponen de brigadas especializadas en este tipo de delitos.

Pero aparte de eso no está de más que procuremos conservar la prueba, que por el tipo de delito será digital.

Se pueden realizar capturas fehacientes de paginas web o redes sociales, donde se muestre una conversación o imágenes, para de esta forma evitar la prueba acabe destruida por algún accidente.

Por ejemplo: esta pagina web «Save the proof » permite certificar paginas web o grabaciones de sesiones, de esta forma nos aseguramos las pruebas.

 

Conclusión.

 

Es necesario que estos delitos no queden impunes, porque no solo afecta a la vida de un niño en concreto, sino a un colectivo en general.

Ante este tipo de delitos considera indispensable la figura del abogado de la acusación particular, quien velará por que se aporten todas las pruebas necesarias.

No solo para la obtención de la responsabilidad civil por el delito cometido, sino por que se obtenga una condena justa.

Espero que no, pero si tienes algún problema de este tipo, puedes contar con nuestra ayuda.

 

Espero que os haya resultado interesante y os animo a escribir en los comentarios.

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