Preguntas frecuentes
¿Cómo podemos contactar?
Podéis poneros en contacto con nosotros al teléfono 635 87 32 01, por correo electrónico en jose.bruzonleon@gmail.com. También disponemos de WhatsApp para que podáis consultarnos por esta vía. O acudiendo directamente a nuestro despacho ubicado en la calle Santa Cruz de Tenerife 5, E-1 (11007), Cádiz.
¿Qué ocurre en el primer contacto?
Normalmente, a efectos de preparar nuestra primera reunión, le preguntaremos brevemente por su asunto, de esta forma nuestra reunión será mucho más fructífera. Es posible que le pidamos cierta documentación relativa a su asunto.
¿Cuánto cuesta esta reunión?
Esta primera reunión tiene un precio que oscila entre los 40 a 60 euros, dependiendo de la complejidad. En caso de que en esta reunión se acuerde la realización del asunto por el letrado, estas cantidades será absorbidas por el presupuesto del asunto.
Tras la primera reunión...
Si se ha encargado la realización del asunto, a la mayor brevedad posible, se le remitirá un correo electrónico con la hoja de encargo del asunto. Tras la aceptación del encargo, se procederá a trabajar en el asunto.
¿Qué es una hoja de encargo?
Una hoja de encargo, es un documento privado realizado entre abogado y cliente donde se recoge, el asunto concreto que se va a tratar, así como los honorarios del profesional, y la forma de pago de esta cantidad, además incluye cláusulas de privacidad de datos. Esto es beneficioso tanto para el abogado que se asegura sus honorarios, como para el cliente que tiene la seguridad de saber cuanto le va a costar.
Plazos ¿Cuánto tarda mi procedimiento?
Esa sería la respuesta del millón, debido a que es ajeno a la labor de los abogados, ya que son los juzgados y la carga de trabajo que estos tengan, lo que determinará los plazos.
Nosotros solo podemos orientar en el tiempo que estan tardando en los juzgados en tramitar un asunto en concreto, pero al final, todo depende del juzgado.
A modo de ejemplo, traigo un artículo de la revista de Abogacia Española, donde se trata este tema de forma ilustrativa.
¿Qué ocurre si perdemos el juicio?
Evidentemente, en un procedimiento judicial, normalmente se enfrentan dos partes al menos, por lo que una será quien gane y otra quien pierda (repito en la mayoría de los casos).
Pero el trabajo de los profesionales se ha llevado a cabo y merecen de retibución justa. Esto debe quedar claro desde el principio de la relación profesional.
Con respecto a lo llamado «costas judiciales», todo depende del procedimiento en que nos encontremos.
– En penal, es habitual que las costas se impongan de oficio (cada uno las suyas), salvo que seas condenado.
– En laboral, normalmente no se impone las costas a la parte perdedora, salvo requisitos especiales.
– En civil, suele aplicarse el criterio del vencedor, por tanto, el que pierde paga las costas.