En esta entrada vamos a hablar sobre la prescripción de los delitos, esto es, ¿Cuánto tiempo ha de transcurrir desde la comisión del hecho delictivo para que no se pueda castigar dicho hecho?
Bien, la prescripción entra en juego por dos causas concretas:
1) porque no se ha procedido a investigar el delito hasta pasado el tiempo, o
2) a pesar de que se está investigando el delito, se producen paralizaciones en el proceso que hacen que el delito esté prescrito.
Tabla de Contenidos.
Veámoslo con unos ejemplos.
Es mas sencillo con dos simples ejemplos, nos encontramos ante el primer supuesto por ejemplo, en el caso de niños robados que no se enteran de que efectivamente se ha cometido un delito hasta que llegan a la edad adulta y ha transcurrido un el tiempo establecido en la ley, por lo que ya no puede castigarse el hecho cometido.
En cambio, el segundo supuesto es el más común, y se produce cuando por ejemplo se ha cometido un robo, y por deficiencias en la administración de justicia, el expediente se queda en el cajón, y cuando se va a celebrar el juicio, el abogado de la defensa alega la prescripción del delito, porque ha habido paralizaciones en el proceso que hacen que el delito haya prescrito.
En mi opinión que se produzca la prescripción por el primer supuesto es cuestión de las argucias del delincuente al ocultarse de la justicia, mientras que el segundo se produce por el trabajo deficiente de la acusación y la administración de justicia, que debido a la abundante carga de trabajo que soportan no pueden controlar todos los plazos.
Prescripción de los delitos.
Tras esta pequeña introducción vamos a pasar a ver que dice el artículo 131 del Código Penal:
1. Los delitos prescriben:
A los veinte años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.
Quince años, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.
Diez años, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.
Cinco años, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año.
Por tanto, y a modo de ejemplo el homicidio se castiga con la pena de prisión de 10 a 15 años, por tanto, el delito prescribe a los veinte años.
En conclusión.
Uno de los procedimientos donde más puede darse esta figura es en los delitos leves, ya que prescriben a un año, por tanto, imaginemos el habitual caso de amenazas leves ocurridas por WhatsApp o por Redes Sociales, entre que la víctima denuncia, que la justicia hace su trabajo, que se recaban las pruebas, y que citan a declarar y el posterior juicio, puede que cuando entre alguna de estas actuaciones transcurra mas tiempo del debido y el delito haya prescrito, quedando por tanto, impune.
IMPORTANTE: Uno de los principios más importantes del derecho penal es el de la norma penal mas favorable para el reo, esto implica que cuando hay dos normas que regulan la misma conducta se aplica la que más beneficie al investigado, acusado. Esto es importante porque con el paso del tiempo las normas cambian, y depende de cuando se cometió el delito, la norma aplicable puede ser distinta.
Si quieres saber más acerca de esta y otra figuras del derecho penal no dudes en ponerte en contacto con nosotros.